El marco jurídico que sustenta la seguridad en materia de salud en México, parte la Carta Magna , de la cual emanan los derechos que tiene todo mexicano en cuanto a los servicios de salud:
El artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dice al respecto: “El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia…”
“Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforma a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta constitución.”
En la fracción XVI del Artículo 73 se asienta que, el Congreso tiene facultad:
XVI. Para dictar leyes sobre nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía, naturalización, colonización, emigración e inmigración y salubridad general de la República.
1a. El Consejo de Salubridad General dependerá directamente del Presidente de la República , sin intervención de ninguna Secretaría de Estado, y sus disposiciones generales serán obligatorias en el país.
2a. En caso de epidemias de carácter grave o peligro de invasión de enfermedades exóticas en el País, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas preventivas indispensables, a reserva de ser después sancionadas por el Presidente de la República.
3a. La autoridad sanitaria será ejecutiva y sus disposiciones serán obedecidas por las autoridades administrativas del País.
4a. Las medidas que el Consejo haya puesto en vigor en la campaña contra el alcoholismo y la venta de substancias que envenenan al individuo o degeneran la especie humana, así como las adoptadas para prevenir y combatir la contaminación ambiental, serán después revisadas por el Congreso de la Unión en los casos que le competan;
El artículo 4° Constitucional, habla de la obligatoriedad del Estado para proporcionar servicios de salud a todos los mexicanos y el 73 en su fracción XVI dicta la línea de mando a que obedece la institución rectora en materia de salud: Secretaría de Salud, que es directamente del Presidente de la República y es con carácter obligatorio.[1]
Sobre estos preceptos, la Ley General De Salud, reglamenta las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y define la participación del gobierno federal y de las entidades federativas en materia de salubridad general.
Las estrategias definidas dentro del PND 2007-2012 en materia de salud, pretenden continuar avanzando hacia la universalidad de los servicios de salud de calidad, integrando de manera funcional y programática a las instituciones públicas bajo la coordinación de la Secretaría de Salud.
De acuerdo al Programa de Acción Específico 2007-2012 Diabetes Mellitus, las intervenciones del sector salud para atender la DM están fundamentadas en un amplio marco legal que incluye Normas y reglamentos Oficiales y desde el PROSESA se plantea en su estrategia 2 el fortalecimiento de “…acciones de promoción de la salud y prevención de enfermedades e inscribir las prioridades de atención a las enfermedades crónicas no transmisibles por constituir una carga excesiva de enfermedad y muerte, con un incremento incesante en su magnitud y trascendencia, particularmente la diabetes mellitus que en México afecta a grandes sectores de la sociedad”[2]
De tal manera, el paciente diabético tiene derechos específicos para recibir información, educación y tratamiento en todo lo relativo a su padecimiento, buscando con ello; de acuerdo al objetivo General del citado Programa:
“Prevenir, controlar y, en su caso, retrasar la aparición de la diabetes mellitus y sus complicaciones en la población mexicana, así como elevar la calidad de vida y el número de años de vida saludable de las personas que presentan este padecimiento, mediante intervenciones costo-efectivas, dirigidas a los determinantes y entornos.”
REFERENCIAS
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial 5 de febrero de 1917. Fe de erratas 6 de febrero de 1917. Actualizada con la reforma a los artículos 75, 115, 116, 122, 123 y 127 publicada en el DOF el 24 de agosto de 2009
Salud en las Américas, 2007. Volúmen II-Países. Material de Consulta SUA
Sistema de Vigilancia Epidemiológica Hospitalaria de diabetes Tipo 2. Secretaría de Salubridad y asistencia
http://www.dgepi.salud.gob.mx/diveent/DM-2-NEW1-Manual-SVEHDM.pdf.
http://www.portal.salud.gob.mx/cont_prensa_campanas/spot_tv_2_5.html
Programa de Acción Específico 2007-2012 Diabetes Mellitus Recuperado el 8 de Octubre 2009
http://www.spps.salud.gob.mx/descargas/programas/diabetes_nov08.pdf
Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012.
pnd.presidencia.gob.mx
[1] CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. Diario Oficial 5 de febrero de 1917. Fe de erratas 6 de febrero de 1917. Actualizada con la reforma a los artículos 75, 115, 116, 122, 123 y 127 publicada en el DOF el 24 de agosto de 2009.
[2] Programa de Acción Específico 2007-2012 Diabetes Mellitus http://www.spps.salud.gob.mx/descargas/programas/diabetes_nov08.pdf
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial 5 de febrero de 1917. Fe de erratas 6 de febrero de 1917. Actualizada con la reforma a los artículos 75, 115, 116, 122, 123 y 127 publicada en el DOF el 24 de agosto de 2009
Salud en las Américas, 2007. Volúmen II-Países. Material de Consulta SUA
Sistema de Vigilancia Epidemiológica Hospitalaria de diabetes Tipo 2. Secretaría de Salubridad y asistencia
http://www.dgepi.salud.gob.mx/diveent/DM-2-NEW1-Manual-SVEHDM.pdf.
http://www.portal.salud.gob.mx/cont_prensa_campanas/spot_tv_2_5.html
Programa de Acción Específico 2007-2012 Diabetes Mellitus Recuperado el 8 de Octubre 2009
http://www.spps.salud.gob.mx/descargas/programas/diabetes_nov08.pdf
Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012.
pnd.presidencia.gob.mx
[1] CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. Diario Oficial 5 de febrero de 1917. Fe de erratas 6 de febrero de 1917. Actualizada con la reforma a los artículos 75, 115, 116, 122, 123 y 127 publicada en el DOF el 24 de agosto de 2009.
[2] Programa de Acción Específico 2007-2012 Diabetes Mellitus http://www.spps.salud.gob.mx/descargas/programas/diabetes_nov08.pdf